Independientes y contratistas pagarán Seguridad Social mes vencido
En la transición, los aportes correspondientes al mes de septiembre deben pagarse en el mes de octubre, según informó MinTrabajo.
Así lo establece el decreto 1273 de 2018, lo que indica que los aportes correspondientes al mes de septiembre deben pagarse en el mes de octubre en los plazos establecidos en el Decreto 1990 de 2016 de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación.
Durante el mes de septiembre las EPS y ARL no podrán negar la prestación de los servicios.
De otra parte, se aclara, que la retención y el pago de aportes por parte de las entidades contratantes, iniciará a partir del 1 de junio de 2019.
Al respecto, la ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos, señaló que “estamos totalmente complacidos con la entrada en operación de la medida adoptada sobre el pago al Sistema de Seguridad Social por parte de los trabajadores independientes y contratistas, que le permitirá antes de pagar la Seguridad Social, contar con los honorarios respectivos”.
Información tomada de El Portafolio
http://m.portafolio.co/mis-finanzas/guia-para-cobrar-por-un-trabajo-cuando-se-es-freelance-520579







